Artículo 1°. ‐ El presente Reglamento especifica los servicios, derechos y obligaciones de los usuarios y del personal de las bibliotecas de la Facultad de Estudios Superiores Zaragoza en concordancia particular y en cumplimiento de los artículos 3º, 4º, 15º, 16º y 17º del Reglamento General del Sistema Bibliotecario y de Información de la Universidad (RGSIUNAM). Es obligatoria su aplicación y vigilancia para todos los usuarios y personal que labora en las bibliotecas de la FES Zaragoza.

Artículo 2°. ‐Para la correcta interpretación del presente Reglamento, se entiende por:

  1. Bibliotecas de la FES Zaragoza
    El conjunto de unidades de servicios bibliotecarios y de información, ubicadas en los campus de la Facultad de Estudios Zaragoza;
  2. Servicios bibliotecarios y de información
    Al conjunto de acciones académicas, técnicas y administrativas mediante las cuales se selecciona, adquiere, registra, sistematiza, almacena, difunde, circula, controla y preserva el material documental en cualquier formato, objeto, forma o soporte, para coadyuvar con los fines sustantivos de la FES Zaragoza;
  3. Usuarios Universitarios
    Los beneficiarios de los servicios bibliotecarios y de información que se acreditan mediante la presentación de su credencial actualizada de académico, alumno, exalumno o empleado;
  4. Usuarios externos
    Público en general; y
  5. Biblioteca Universitaria
    Área que apoya con servicios y recursos de información los diferentes programas educativos y líneas de investigación, así como los objetivos sustantivos de la FES Zaragoza.
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